DIFICIL…DE ENTENDER.
Ayer por la tarde, tras releer los contenidos del fallo mediante el que se anula el resultado de una oposición impulsada por el ayuntamiento de Llodio porque la jueza considera que el Euskera es un idioma muy difícil de aprender, se me ha ocurrido poner en contraste esta insólita decisión y los criterios que la fundamentan con lo que ocurre en administraciones que llevan décadas operando en entornos en los que el conocimiento de distintos idiomas es un requisito habitual.
Por eso he planteado varias cuestiones a la Comisión Europea sobre el tratamiento que tiene el conocimiento de las lenguas en las oposiciones que convocan las instituciones europeas para acceder a la función pública comunitaria. En un entorno multilingüe en el que no hay plazas en las que no se exija el dominio de varias lenguas hemos querido contrastar si la “dificultad” para aprenderlas tiene algún peso en el desarrollo y resolución de cada proceso de selección.
En la iniciativa parlamentaria informamos al ejecutivo comunitario de los pormenores del fallo judicial y recordamos que “las bases de la oposición eran conocidas y aceptadas por quienes se presentaron a la misma como ocurre con cientos de procesos similares”.
Como no puede ser de otro modo recordamos además que “este requisito es común en procesos similares por lo que tan atípica decisión lesiona los derechos de las personas que han aprendido esa lengua y superado las pruebas correspondientes”. Por estas razones espero que este fallo se anulará en instancias superiores.
Pero lo que me ha llamado especialmente la atención es que la decisión se justifique aludiendo a un ranking, para mi hasta hoy desconocido, que sitúa a la lengua vasca como “la quinta más difícil de aprender del mundo”. Un simple y desolador experimento ha permitido a internautas, periodistas y curiosos, localizar las frases literales que utiliza la jueza en su sentencia que provienen de una academia de lenguas de Colombia.
Cuesta aproximadamente cinco segundos encontrar estas frases textuales de la sentencia en google y diez encontrar otras veinticinco referencias que discrepan de esa opinión y que tienen un aspecto doscientas veces más solvente porque al menos ponderan el idioma materno del que aprende y aportan un pronóstico del tiempo necesaria para controlar un idioma y las razones por las que adjudican ese tiempo de aprendizaje. Pues no, se señoría ha cogido, para justificarse, lo primero que ha pillado en google. Incluso los siempre fervientes amgos de la normalización del euskera que escriben en «La Razón» defienden otra cosa.
Desde esa premisa y a la vista de la experiencia que atesoran las instituciones comunitarias en oposiciones en las que el multilingüismo es un factor esencial me ha parecido oportuno contrastar esta forma de ver las cosas con lo que ocurre en las instituciones comunitarias. Por eso quiero saber si las instituciones comunitarias manejan algún ranking como el que al parecer justifica este fallo. Además, quiero saber si hay antecedentes de que la “extrema dificultad” para aprender un idioma haya sido causa de la anulación de algún concurso en la función pública de la Unión. Finalmente pregunto si las instituciones europeas ponderan en sus procesos de selección de personal la “dificultad” a la hora de valorar en una oposición comunitaria el conocimiento de una determinada lengua.
No sé por qué me da que esta pregunta causara en Bruselas la misma perplejidad que la sentencia que la origina. Espero que haya encendido alguna luz de alarma también en el Consejo General del Poder judicial porque no es la primera vez que la misma protagonista ha firmado fallos o protagonizado conductas realmente extrañas. Y porque no parece de recibo que en un asunto tan serio como los derechos lingüísticos de las personas haya señorías que justifican sus sentencias tirando de google.
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