TRABAJANDO PARA QUE LOS RESULTADOS PCR REDACTADOS EN CUALQUIER LENGUA VALGAN EN TODA LA UE.
Hoy os voy a contar una historia que plantea una oportunidad para la empatía y para reflexionar sobre Europa. Acabo de recibir una respuesta de la Comisión Europea a una iniciativa que planteé sobre el reconocimiento mutuo de los resultados de las pruebas PCR. Es fundamental para facilitar la movilidad dentro de la Unión. En el ámbito técnico están homologadas las pruebas y los laboratorios que las analizan y se ha avanzado mucho. En el formal, un detalle como el régimen lingüístico de los certificados que llevan los viajeros ha causado problemas en una comunidad que se proclama “unida por su diversidad”.
Planteé la pregunta porque algunos estados solo admiten certificados en su lengua y en inglés. El complejo trabajo técnico realizado se viene abajo por este requisito. Una lección más que nos ofrece la pandemia para entender bien en qué cosas resulta práctico que Bruselas tome las riendas. Y una oportunidad también para la empatía. Los que se resisten a considerar una discriminación el trato que muchas veces recibimos los hablantes de lenguas minorizadas, tienen aquí una oportunidad para ponerse a pensar. La misma extrañeza que sienten porque se rechace un certificado clínico en castellano en la Unión Europea es la que nosotros sentimos cuando nos ocurre lo mismo en España con cualquier documento oficial en euskera. Porque a esos efectos, desgraciadamente, de la Unión ni hablamos.
Por eso propongo que la lengua en que esté redactado el resultado de una prueba PCR no sea obstáculo para que pueda ser aceptada en cualquier estado miembro. Es una pena que Bruselas no disponga de competencias para regular esta cuestión. Trabajando para lograr cosas más difíciles se ha conseguido un acuerdo que hay que aplaudir. Se adoptó el pasado 21 de enero, para homogeneizar los requisitos técnicos y las circunstancias en que deben practicarse estos test clínicos para contribuir a contener la pandemia y mejorar la movilidad.
Planteé esta iniciativa el pasado mes de octubre después de recibir la información de un ciudadano de Vitoria-Gasteiz que había tenido dificultades al ingresar en Alemania pues llevaba el certificado de la PCR, obligatoria entonces para entrar en el país, redactado en castellano. Tras varias gestiones pude comprobar que no solo en Alemania, sino en otros estados de la Unión, los viajeros debían presentar los resultados de las pruebas redactados en el idioma oficial mayoritario del estado miembro o en inglés. No eran válidos los certificados redactados en ninguna otra lengua.
Por eso tras reconocer que la Comisión Europea ha realizado un extraordinario esfuerzo para tratar de coordinar los criterios con los que los Estados miembros deciden las medidas que adoptan para limitar la expansión de la COVID, alertaba en la pregunta que en algunos de ellos “siguen planteando requisitos no homogéneos y, en algunos casos, difíciles de justificar y entender”. Así me refería a los criterios que se exigen para aceptar pruebas de PCR cuando son preceptivas para entrar en un Estado miembro o evitar una cuarentena. “En Alemania, continuaba la iniciativa, se exige que el certificado que acredita el resultado de la prueba se presente en alemán o en inglés, pese a que el contenido del análisis es fácilmente interpretable en cualquier idioma y a que los Estados miembros solo autorizan la realización de estas pruebas a laboratorios homologados para ello”. Por eso en el texto animaba a la Comisión a que se eliminase este requisito lingüístico y me interesaba por si se estaban realizando gestiones con ese objetivo.
La titular de la cartera europea de Sanidad, Stella Kyriakides explica en su respuesta a esta iniciativa que “las medidas y respuestas en materia de salud pública son competencia de los Estados miembros, y la Comisión no tiene competencias para darles instrucciones sobre los requisitos lingüísticos aplicables a los resultados de los ensayos”. Pese a ello la Comisaria chipriota considera el reconocimiento mutuo de los resultados de las pruebas como herramienta clave para facilitar los viajes transfronterizos.
“A este respecto, señala, se ha destacado la importancia de garantizar el reconocimiento mutuo de los resultados de las pruebas en varios documentos, tales como la Comunicación sobre medidas adicionales de respuesta a la COVID-19, la Recomendación sobre las estrategias para las pruebas de diagnóstico de la COVID-19, incluido el uso de pruebas rápidas de antígeno, la Recomendación y la propuesta de Recomendación del Consejo relativa a un marco común para el uso, la validación y el reconocimiento mutuo de las pruebas rápidas de antígenos. La Presidencia propuso un texto transaccional que incluía la ampliación del reconocimiento mutuo de los resultados de las pruebas de reacción en cadena de la polimerasa con retrotranscripción (RT-PCR), y que se adoptó el 21 de enero de 2021.
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