EQUILIBRIO ENTRE PESCA Y PROTECCION EN EL REGLAMENTO DE AGUAS PROFUNDAS

| 13 diciembre 2016 | Responder

deepsea

Ayer por la tarde tuvimos un debate muy interesante sobre la pesca en aguas profundas que reprodujo el habitual debate que tenemos aquí entre protección del medio y actividad pesquera, en el que el sector suele salir mal parado. Creo que en Euskadi tenemos una industria pesquera muy sensible con el principio de sostenibilidad. Y aunque soy la primera en apostar por la protección creo que los profesionales son agentes activos en esta tarea. Les va en ello el mantenimiento de su actividad. Por eso nuestra flota viene destacando desde hace tiempo por sus buenas prácticas desde esta perspectiva.

Tras el debate de ayer la euro cámara ha aprobado esta mañana este Reglamento que cierra cuatro años de negociaciones. A mí me designaron en mi grupo ponente en las negociaciones con el resto de los grupos parlamentarios, el Consejo y la Comisión Europea. La norma es especialmente importante para la flota vasca de arrastre.

Ayer durante el debate destaqué que el equilibrio logrado entre la protección del ecosistema marino y las oportunidades de pesca es la mayor cualidad del Reglamento que ordenará la pesca en aguas profundas en los mares europeos. Esta norma, que se ciñe a la pesca de arrastre prohíbe por primera vez las actividades para estos barcos por debajo de 800 metros de profundidad.

Ayer, en el debate previo a las votaciones de esta mañana insistí en que el equilibrio alcanzado en la nueva normativa comunitaria aúna la evidente necesidad de proteger un ecosistema vulnerable y crítico para la vida en el mar, con un ejercicio racional de la pesca de arrastre en aguas europeas. El nuevo reglamento, es el segundo intento de ordenar esta pesquería en aguas de la Unión. Todos los informes científicos disponibles, indican que la desregulación existente hasta 2002 llevó a la sobrepesca y que el reglamento aprobado entonces no consiguió acabar con ella.

Ayer en el pleno tuve la oportunidad de hablar sobre el largo proceso de negociación de esta norma, que arrancó en 2012 y que ha sido laborioso y complejo. Sus contenidos nos acercan a los más exigentes estándares internacionales de protección. El reglamento se ciñe a las actividades de nuestra flota en aguas europeas. Las actividades en aguas internacionales quedan igualmente cubiertas por la Comisión de pesquería del Atlántico nordeste.

Entre las novedades que aporta este Reglamento destacan la prohibición de la actividad por debajo de los 800 metros para la flota de arrastre que configura, junto con medidas como la determinación de zonas de pesca, la obligatoriedad de las evaluaciones de impacto o la prohibición total en determinados ecosistemas marinos vulnerables, un marco que tiene como principal objetivo garantizar la protección del medio, el pilar básico para que cualquier actividad pesquera sea sostenible.

Otro aspecto crítico ha sido además reforzar las medidas de control obligando a declarar todas las capturas y estableciendo un programa de observadores para garantizar que la recopilación de datos sea homogénea y precisa. Esperamos así que definitivamente pasemos de las palabras, de las buenas palabras, a los hechos.

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