EQUILIBRIO ENTRE ECOLOGIA Y ECONOMIA EN EL ACUERDO DE PESCA SOBRE AGUAS PROFUNDAS
Tras cuatro años de negociaciones, esta semana hemos cerrado el acuerdo sobre el reglamento que, a partir de noviembre va a regular la pesca en aguas profundas. Tras tantos meses de negociaciones y reuniones, ese trabajo silencioso y callado que no se ve en ninguna parte hemos conseguido un acuerdo que se cierra con un equilibrio entre el máximo respeto a los fondos marinos y sus ecosistemas y los empleos que están vinculados a la actividad pesquera El nuevo Reglamento pondrá fin al vacío existente en la materia desde que fracasara en 2003 la anterior regulación en vigor.
En este informe he sido la responsable del Grupo ALDE en estas negociaciones. Una vez que en noviembre, el pleno del Parlamento Europeo de luz verde definitiva a este acuerdo, la Unión dispondrá de una regulación que permite cumplir los compromisos adquiridos entre Unión Europea y Naciones Unidas para mejorar la protección de los frágiles ecosistemas que caracterizan los fondos marinos por debajo de los 800 metros. Pero además los contenidos del nuevo Reglamento, en el lado “tierra” ahuyentan definitivamente la incertidumbre que afectaba a muchos profesionales de la pesca que podrán planificar sobre un panorama estable y conocido su actividad e inversiones.
Las novedades que este acuerdo aporta a la protección de estos ecosistemas son la prohibición absoluta en aguas comunitarias de las actividades de arrastre por debajo de los 800 metros de profundidad, la restricción de las actividades pesqueras a las zonas ya explotadas entre 2009 y 2011 y la adopción de medidas para proteger espacios especialmente vulnerables por debajo de 400 metros. En estos casos la existencia de informes científicos que desaconsejen la pesca por razones de equilibrio medioambiental serán determinantes para vedar las actividades extractivas.
La nueva reglamentación distinguirá entre las licencias de pesca específicas para aguas profundas, las que afecten a buques que capturen especies de este medio marino de manera accidental y las que se van a conceder a buques que realizan actividades de pesca exploratoria para determinar la rentabilidad de determinados tipos de actividad extractiva. En este caso las licencias durarán un máximo de un a o y solo podrán renovarse una vez. El objetivo de esta distinción es evitar que tanto la pesca accidental como la exploratoria puedan convertirse en modalidades de acceso encubierto a la explotación de este recurso pesquero.
El acuerdo igualmente ciñe la prohibición hasta los 800 metros a las aguas territoriales de la Unión Europea y amplía la obligación de llevar observadores en los buques que practiquen la pesca en aguas profundas en toda el área de la NEAFC (North East Atlantic Fisheries Commission). La nueva reglamentación obligará a que el 20% de los buques con licencias específicas para esta actividad tanto con artes de pesca de arrastre como redes de enmalle de fondo embarquen observadores. Para el resto de licencias este porcentaje baja al 10%.
Finalmente y en el ámbito de las medidas destinadas a mejorar la transparencia de las actividades en aguas profundas se elaborará un censo de buques con autorizaciones específicas, salvaguardando los datos personales y comerciales. Los datos públicos serán el número de barcos y artes de pesca, la matriculación, las dimensiones del buque, el tipo de autorización, el estado de pabellón, la cuota de pesca, el área de faena y el puerto base.
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